En Neuquén el traslado de bovinos a remates, exposiciones o a otro establecimiento ganadero deberán ser negativos a tuberculosis

SANIDAD ANIMAL

En Neuquén el traslado de bovinos a remates, exposiciones o a otro establecimiento ganadero deberán ser negativos a tuberculosis

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Desde la segunda quincena de mayo se solicitará un certificado sanitario antes de la emisión del Documento de Tránsito Electrónico (DTe). Estas acciones sanitarias se enmarcan en el Programa Regional de Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina provincial.

General Roca, Río Negro, 4 de mayo de 2017 – A partir del lunes 15 de mayo, en el territorio neuquino, para autorizar el traslado de bovinos machos y hembras mayores de seis meses de edad con destino a una exposición ganadera, a un remate feria especial de reproductores o a otro establecimiento, se deberá presentar un certificado de negatividad a la prueba tuberculínica otorgado por el médico veterinario acreditado por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) para la enfermedad.

El certificado tendrá una validez de 60 días y será solicitado al productor titular y/o a su apoderado, previo a la emisión del Documento de Tránsito Electrónico (DT-e). Según informaron profesionales del Senasa, quedará exceptuada de este requerimiento la categoría terneros/terneras.

“Por la Resolución N° 25/2017 nuestro Organismo sanitario convalidó el Programa Regional de Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina en la provincia de Neuquén, el cual da sustento a este requerimiento sanitario”, indicó el coordinador regional de Sanidad, Calidad e Inocuidad Animal, Gustavo Comesaña.

Asimismo, agregó que en los establecimientos de cría en los cuales la venta de reproductores resulta un excedente de la venta de terneros de invernada “deberán incorporarse a este programa e iniciar las actividades de saneamiento desde la misma fecha”.

En este sentido, Comesaña aclaró que serán exceptuados de esta obligación “aquellos animales destinados a faena directa, los que van a engorde a corral, los que provengan de establecimientos certificados como oficialmente libres de tuberculosis y los que sean movilizados en traslados trashumantes (invernada-veranada-invernada) de un establecimiento a otro, ambos pertenecientes a un mismo propietario”.

Quedarán exceptuados “los bovinos que arrojen resultado negativo durante el saneamiento del establecimiento y cuyas pruebas tuberculínicas hayan sido realizadas con anterioridad al egreso en un lapso que no supere los 60 días”.