Resolución-805-2010-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Resolución 805/2010

Visto el Expediente Nº S01:0313827/2010 del Registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, el Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994, complementado por la Resolución Nº 422 del 13 de septiembre de 1994 de la ex Secretaria de la Función Pública, entonces dependiente de la Presidencia de la Nación, el Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010, y considerando:

Que mediante el Artículo 15 del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 de fecha 10 de junio de 2010, se aprobó la estructura organizativa de este Servicio Nacional De Sanidad y Calidad Agroalimentaria, organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Que resulta necesario adoptar las medidas tendientes a perfeccionar el accionar en las distintas áreas que conforman el Servicio Nacional De Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

Que en tal sentido corresponde establecer las aperturas estructurales inferiores a las dispuestas por la norma citada precedentemente, así como también la parte pertinente a las Direcciones y Coordinaciones de segundo nivel operativo de este Servicio Nacional, de conformidad con lo establecido en el Artículo 16 del Decreto Nº 825 de fecha 10 de junio de 2010.

Que la citada propuesta se ajusta a las disposiciones contenidas en el Capítulo VI del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, complementado por la Resolución Nº 422 del 13 de septiembre de 1994 de ex Secretaría de la Función Pública, entonces dependiente de la Presidencia de la Nación.

Que ha tomado la debida intervención la Secretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Servicio Nacional ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Artículo 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, complementado por la Resolución Nº 422 de fecha 13 de septiembre de 1994 de la ex Secretaría de la Función Pública, entonces dependiente de la Presidencia de la Nación.

Por ello, el Presidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria resuelve:

Artículo 1º — Apruébanse las aperturas inferiores de segundo nivel operativo del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, de conformidad con el Organigrama y las Acciones, que como Anexos I y II, respectivamente, forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2º — Apruébanse en el ámbito del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, las Coordinaciones Generales que se detallan, de acuerdo al Listado y Acciones, que como Anexos III y IV, respectivamente, forman parte integrante de la presente medida.

Artículo 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, será atendido con las partidas presupuestarias asignadas a la Jurisdicción 52 – Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca – Entidad 623 – Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

Artículo 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. Jorge Nestor Amaya, Presidente, Servicio Nacional e Sanidad y Calidad Agroalimentaria.


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Resolución 805 - Anexos II, III y IV