Calidad e inocuidad

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CHINA
Protocolo para la exportación de Maíz a China

 

Calidad convenida

La exportación fuera de las normas de comercialización vigentes, sólo podrá efectuarse con autorización expresa del SENASA.
Las solicitudes de autorización para el embarque de mercadería fuera de las normas de calidad, deberán ser presentadas en la mesa de entrada de la Dirección de Calidad Agroalimentaria cumpliendose los siguientes requisitos:

• Nota solicitando la autorización de la exportación
• Copia del contrato original del importador, con declaración jurada de fidelidad.
• Datos del Comprador
• Cantidad y tipo de mercadería.
• Descripción del rubro y su tolerancia como fuera de estándar.
• Copia de la documentación originada por el comprador (Contrato, fax, notas, etc.).
• Puertos o aduanas y/o pasos fronterizos de embarque
• Fecha prevista de embarque.

Dónde se realiza
Coordinación de Productos Granarios
Azopardo 1020 – 1er piso – Mesa de Entrada
Tel.: (011) 4505-5877

Documentación que se otorga
Autorización

Normativa
Norma XXV, Calidad Convenida de la Resolución ex SAGyP Nº 1075/94
 
Para más información
Coordinación de Productos Granarios
Azopardo 1020 – 1er piso
011- 4505-5877
Coordinadora Ing. Agr. Ana Maria Di Giulio
adigiuli@senasa.gob.ar

Sist. Inst. para la promoción y certificación de especialidades granarias

Los productos diferenciados se encuentran amparados por un sistema de identidad preservada que ofrece la posibilidad de mantener y obtener nuevos mercados con las ventajas adicionales que esto implica en lo referente a la protección del mercado y la conservación de los recursos naturales y la biodiversidad. Para ello el SENASA crea el Sistema Institucional para la Promoción y Certificación de Especialidades Granarias. Dicho aistema  es de adhesión voluntaria y de certificación privada, con reconocimiento oficial, para todo tipo de especialidades granarias, en términos de calidad de producto.

Dónde se realiza
Coordinación de Productos Granarios
Azopardo 1020 – 1er piso – Mesa de Entrada
Tel.: (011) 4505-5877

Horario de atención
Lunes a viernes de 10:00 a 13:00 hs. y de 14:00 a 17:00 hs.
Documentación requerida
• Solicitud de Inscripción
• Copia de CUIT.
• Estatuto, Contrato Social, Inscripción en el Registro Público de Comercio o Fotocopia del DNI, según corresponda a comerciantes individuales o personas jurídicas.
• Acta de distribución de cargos.
• Responsable técnico.
• Idoneidad en Inspección y Control.
• Sede social en territorio nacional.
• Descripción del Sistema de Inspección y Control.
• Nómina del personal dedicado a la Inspección.
• Quién puede efectuarlo:
• Empresas o entidades que deseen operar con este sistema.
Documentación que se otorga
Certificado de inscripción en el Registro.

Normativa
Resolución Senasa 61/2000

Apelación calidad de granos

Apelaciones
Ante disconformidades por resultados analíticos, tanto en operaciones primarias como en operaciones secundarias de granos el SENASA; interviene dirimiendo litigios, mediante un análisis en carácter de apelación, que solo puede ser litigado ante fueros judiciales.

Dónde se realiza
Coordinación de Productos Granarios
Azopardo 1020 – 1er piso – Mesa de Entrada
Tel.: (011) 4505-5877

Horario de atención
Lunes a viernes de 10:00 a 13:00 hs. y de 14:00 a 17:00 hs.

Documentación requerida
Nota de solicitud
Muestra lacrada representativa de la mercadería en litigio con su respectiva documentación.
Intervención en tercera instancia: se presentará reconsideración de la Cámara Arbitral interviniente (operación secundaria); Documentación y muestras que esta posea.
Intervención en segunda instancia: se presentará certificado 1116 de Depósito intransferible (operación primaria)

Quién puede efectuarlo
Operación primaria: Productor (s/cargo). Operación secundaria: Cualquiera de las partes.

Duración
Cotejo inmediato o sujeto a la resolución de otras áreas intervinientes, según el caso.

Documentación que se otorga
Fallo analítico de la apelación presentada.

Exportación de maní

El Senasa estableció un sistema de certificación para el maní de exportación con destino a la UE, que incluye la habilitación de plantas procesadoras, depósitos, playas de consolidación y playas de transferencia, el control de laboratorios certificadores de aflatoxina y la auditoria de los sistemas de certificación.

Las partidas de maní con destino a la Unión Europea deberán ser presentadas a exportación en plantas habilitadas a tal fin y bajo características específicas de inspección.

Descargar: Cerificado sanitario para la importacion en la Unión Europea

Unión Europea

LISTADO DE PLANTAS
Esportaciones de maní a la Unión Europea (Resolución Senasa N° 436/2002 y Resolución SAGPYA N° 62/2007)

Plantas, depósitos, playas de consolidación y playas de transferencia habilitadas para operar en exportación a la Unión Europea, de acuerdo al ME 2018- 28436443  DICA del 13/6/2018
Consulta de establecimientos procesadores de cereales, legumbres y oleaginosas

NORMATIVA
Resolución SAGPyA Nº 62/2007
Resolución Nº 197/2010
Resolución  Nº 436/2002

Otros destinos

DIRECCIÓN DE CALIDAD AGROALIMENTARIA
COORDINACIÓN DE PRODUCTOS GRANARIOS

Azopardo 1020 – 1er piso
Teléfono: 011- 4505-5877
Coordinadora Ing. Agr. Ana María Di Giulio
adigiuli@senasa.gob.ar